Reglamentación Régimen de Transición y traslados de la reforma laboral. Avance de la Reforma Laboral. La legitimación en el ejercicio de la acción de responsabilidad del administrador societario. Actualización lista GAFI de países de alto riesgo, lista negra y países bajo mayor monitoreo de octubre 25, 2024. Lista de Jurisdicciones de alto riesgo con llamado a tomar acciones. Lista gris (Jurisdicciones bajo mayor monitoreo).
El 3 de octubre se expidió el Decreto 1225 de 2024, siendo uno de los primeros decretos reglamentarios de la Ley que aprobó la Reforma Pensional. Sobre esta norma debemos señalar algunos puntos de relevancia:
a. El nuevo sistema de pensiones entrará a regirá partir del 1 de julio de 2025.
b. Los tiempos que se hayan cotizado en países con los que Colombia tiene suscritos convenios internacionales de seguridad social, serán tenidos en cuenta para efectos de cumplir los requisitos del régimen de transición (750 semanas mujer y 900 semanas hombre, cotizadas al 30de junio de 2025) o para los traslados exprés de regímenes pensionales para las personas que les falten menos de 10 años para pensionarse y que tengan cotizadas al 30 de junio de 2025, mujer 750 semanas y hombre 900 semanas.
c. Para acreditar los tiempos cotizados en países con convenios de seguridad social, deberán incluirse, no solo el formulario de correlación dispuesto para ello, sino, en caso de que no haya formulario de correlación una certificación que establezca: El nombre del afiliado, acreditación delos periodos de cotización, aportes o aseguramiento especificando la fecha de inicio y terminación mes a mes hasta la última cotización efectiva totalizada en días.
d. Los afiliados que coticen por encima de 2,3smlmv, deben seleccionar la administradora de pensiones del Componente de Ahorro Individual a más tardar el 16 de enero de 2025 y registrar una marcación conjunta en las bases de datos entre las administradoras mencionadas y Colpensiones.
e. Si no se hace la elección de la administradora del Componente de Ahorro Individual a más tardar el 16 de enero de 2025, se llevará a cabo una elección aleatoria a través de un sistema dispuesto por el Gobierno.
f. Para consolidar los traslados de régimen pensional y mantenerse en el sistema de pensiones actual, el afiliado deberá acreditar mínimo de 750 semanas cotizadas, para el caso de las mujeres, y como mínimo 900 semanas cotizadas, para el caso de los hombres; menos de 10 años para pensionarse; no haberle reconocido la indemnización sustitutiva o devolución de saldos; y haber recibido la doble asesoría.
g. No podrán trasladarse las personas que tengas 57 años o más, mujeres, o 62 años o más, hombres.
h. Los trabajadores independientes podrán solicitar un cálculo actuarial por periodos en los que hayan sido omisos, los cuales les podrán servir para acreditar los requisitos para el régimen de transición, siempre y cuando demuestren la legalidad de la información.
i. La UGPP validará la veracidad y legalidad delas cotizaciones.
Estos son algunos puntos relevantes de esta nueva norma, por lo que si desea, recuerde que en Alianta podemos brindarle el acompañamiento necesario para que salga de cualquier duda sobre el nuevo Sistema Pensional, pero, sobre todo, la mejor alternativa que puede tomar para obtener una mejor pensión de vejez.
La reforma laboral que se tramita en el Congreso de la República superó su segundo debate (quedan 2 más en el Senado), logrando así el 50% del trámite correspondiente. Algunos puntos para tener en cuenta:
a. Se dio de baja la norma que pretendía incrementar las indemnizaciones por despido sin justa causa.
b. Se eliminaron los artículos que desarrollaban el contrato de trabajo agrícola y su remuneración.
c. Se aprobó la limitación de uso de contratos de trabajo a término fijo y por obra o labor contratada, estableciendo como regla general el indefinido.
d. Se aprobó el nuevo horario para el trabajo diurno desde las 6:00 am hasta las 7:00 pm y el nuevo trabajo nocturno desdelas 7:00 pm hasta las 6:00 am.
e. Se aprobó la licencia por matrimonio.
f. Se aprobó que los aprendices sean considerados trabajadores, por lo que se incrementa el costo laboral de ellos.
g. Se redujo la monetización de aprendices a 1.5smlmv.
h. Se aprobó el auxilio de conectividad obligatorio para todos los teletrabajadores.
i. Se aprobó la estabilidad laboral reforzada para los prepensionados.
En todo caso, se aprobaron otras disposiciones de suma relevancia, sin embargo, acá solamente mencionamos algunas de ellas.
Recuerde que, si desea profundizar y prepararse para los impactos positivos y negativos de la reforma laboral, con todo gusto en Alianta podremos brindarle la mejor información.
Expediente 002-2023-00291-01, MP Jorge Eduardo Ferreira Vargas.
En repetidas oportunidades se observa en el ejercicio de las acciones judiciales en contra de administradores (Representantes Legales), la inadecuada formulación de pretensiones de cara a quienes ha habilitado la Ley para demandar esta clase de reparos. Es así como se pueden estudiar demandas formuladas por socios oaccionistas en las cuales se formulan pretensiones a favor de la sociedad u otros, en los que se persiguen perjuicios que ha sufrido la sociedad pero quede manera indirecta reclaman sus accionistas.
Sobre estos puntos tan importantes para el derecho de sociedades, el honorable Tribunal de Bogotá en su Sala Civil, en una reciente decisión ahondó en las reglas que deben considerarse para la prosperidad de pretensiones bien sean a través de la Acción Social de Responsabilidad o en los eventos que las condiciones particulares del perjuicio irrogado, habilite al socio o accionista a promover una Acción Individual de Responsabilidad.
De esta manera la providencia del 25 de septiembre de 2024, con precisión identifica el procedimiento para obtener la autorización en los eventos en que se haya decidido iniciar una acción social de responsabilidad, así como quienes son los llamados a promoverla y en cuales otros la vía procesal a seguir sea la de la acción individual de responsabilidad siempre y cuando se cumpla con los requisitos para legitimarse en la promoción de la acción judicial.
Finalmente, la providencia analizada identifica los efectos y alcances de las facultades otorgadas a la Superintendencia de Sociedades en administrativa respecto de aquellas que puede ejercer en sede jurisdiccional.
Importantes lineamientos para tener en cuenta en aquellos casos en que el administrador (Representante Legal) mediante el ejercicio de su cargo haya causado perjuicios a los socios o accionistas, a la sociedad o a terceros.
La última actualización del Grupo de Acción Financiera Internacional (GAFI), realizada en octubre 25 del2024, mantiene su enfoque en combatir las deficiencias estratégicas en la prevención del lavado de dinero y la financiación del terrorismo. En esta ocasión, el GAFI ha actualizado sus listas negra y gris, que incluyen a países con distintos grados de riesgo y necesidades de mejora en sus sistemas de control financiero.
El GAFI conserva en su lista negra apaíses que representan amenazas serias debido a carencias en su lucha contra el lavado de activos y la financiación del terrorismo. Las jurisdicciones actualmente en esta lista son:
1. Corea del Norte: Mantiene deficiencias significativas y representa un riesgo considerable para el sistema financiero internacional, razón por la cual el GAFI recomienda aplicar contramedidas. Así mismo, el GAFI recomienda a todos sus países miembros a:
· Terminar relaciones con bancos del Corea del Norte
· Cerrar todas las filiales o sucursales de bancos de Corea del Note en sus países
· Limitar relaciones empresariales y transacciones financieras con personas provenientes de Corea del Norte.
2. Irán: A pesar de compromisos previos, sigue sin implementar medidas adecuadas para resolver las carencias en su sistema financiero, lo que ha motivado que permanezca en esta lista.
3. Myanmar (Burma): Este país requiere mejoras urgentes para fortalecer su supervisión delas instituciones financieras y reducir riesgos de financiamiento ilícito. Sin embargo, en los últimos meses, han desarrollado un progreso que, si bien da parte de tranquilidad, aún no es suficiente para que sea removido de la esta lista.
Las jurisdicciones bajo mayor monitoreo están trabajando con el GAFI para abordar las deficiencias estratégicas en sus regímenes para contrarrestar el lavado de dinero, el financiamiento del terrorismo y el financiamiento de la proliferación.
Cuando el GAFI somete una jurisdicción aun mayor seguimiento, significa que el país se ha comprometido a resolver rápidamente las deficiencias estratégicas identificadas dentro de los plazos acordados y está sujeto a un mayor seguimiento. Esta lista a menudo se denomina externamente "lista gris".
En la actualización del 25 de octubre del2024, la lista gris cuenta con:
1. Argelia
2. Angola
3. Bulgaria
4. Burkina Faso
5. Camerún
6. Costa de Marfil
7. Croacia
8. República Democrática del Congo
9. Haití
10. Kenia
11. Líbano
12. Mali
13. Mónaco
14. Mozambique
15. Namibia
16. Nigeria
17. Filipinas
18. Sudáfrica
19. Sudán del Sur
20. Siria
21. Tanzania
22. Venezuela
23. Vietnam
24. Yemen